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Entidades de bien público serán beneficiarias de tarifa diferencial en el servicio eléctrico

La Cooperativa 16 de Octubre informó que los Consejos Deliberante de Trevelin y Esquel han adherido, a las ordenanzas Nº 1782/20 y 48/20 respectivamente, a la Ley Provincial Nº I 599  y a la Ley Nacional Nº 27.218 que establecen un régimen tarifario específico para entidades de bien público.

Los clubes, asociaciones y fundaciones sin fines de lucro podrán acceder a ésta tarifa diferencial acreditando en ésta Cooperativa la siguiente documentación: Estatuto Social de la entidad, constancia actualizada del IGJ y constancia de inscripción en AFIP.  Cabe aclarar que las instituciones religiosas deberán adjuntar la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Culto.

Aquellas entidades de bien público y sin fines de lucro que no posean personería jurídica deberán solicitar en el municipio el correspondiente el ¨Certificado de reconocimiento municipal¨.

La documentación deberá enviarse al siguiente mail: comercial@coop16.com.ar. Para consultas en Esquel: 45 1710 y en Trevelin 48 0075