FALLO INÉDITO CONFIRMADO: MULTA POR CAJERO AUTOMÁTICO QUE NO ENTREGÓ EL DINERO
La Cámara de Apelaciones confirmarmó una resolución adminstrativa de la dirección general de defensa al consumidor de Chubut. Se trata de una condena contra un banco y la red link de cajeros automáticos.
Como informáramos unos meses atrás, la Dirección General de Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios de la Provincia del Chubut – Secretaría de Trabajo, en un fallo inédito a nivel nacional, y que fuera recepcionado por todos los medios de comunicación del país, había condenado al pago de una multa al Banco de Galicia y Buenos Aires.
El caso trataba sobre una usuaria que había denunciado que el cajero automático (sucursal de Puerto Madryn de esa entidad) no le había entregado el dinero que había solicitado. Sin embargo, en el ticket que ella recibió constaba que la operación había sido exitosa. En aquella oportunidad, el criterio de la Dirección para sancionar fue que en caso de duda se debe estar a favor del usuario, de manera tal que le correspondía al banco probar de manera fehaciente que la operación había sido exitosa más allá de la simple constancia emitida por el propio cajero automático (ticket). Por otro lado, esa resolución dictaminó que tanto la empresa emisora del plástico, como el banco, como el operador del cajero automático (son tres proveedores distintos) eran solidariamente responsables por el funcionamiento del servicio frente a los usuarios. Técnicamente, eso se llama actividad de contratación conexa que constituye un negocio único.
En el caso ‘Banco Galicia’, nombre con el que hoy se lo conoce en todo el país, la Sala B de la Excelentísima Cámara de Apelaciones de la ciudad de Trelew confirmó en todos sus términos la resolución administrativa llevada adelante por la Dirección General. Ahora, en un nuevo caso de características similares, la Dirección provincial tras llevar adelante todo el procedimiento administrativo condenó a otro banco y a otro operador del sistema ATM; y nuevamente la Cámara de Apelaciones confirmó la resolución administrativa. En definitiva, se confirmó el criterio legal sostenido por el organismo administrativo provincial según el cual los usuarios, más allá de quien es el banco emisor de la tarjeta plástica, y cuál es la entidad bancaria, todos de manera solidaria deben asumir la responsabilidad por el servicio que le brindan al usuario.
Estuvimos brevemente con la Dra. Silvina Davies Bordenave, Directora General del organismo, quien manifestó: “Estamos realmente conformes con este fallo de la Sala A de la Cámara de Apelaciones; siendo un fallo de una sala distinta al que resolvio en el caso Banco Galicia, claramente indica que nuestro criterio es convalidado por la justicia. Es un gran avance para los usuarios de tarjetas de débito de todo el país.” “A mi entender, el punto más importante que de este nuevo fallo es que convalida nuestro criterio acerca de que todos los proveedores que realizan una actividad múltiple pero integrada a un negocio único son solidariamente responsables frente los usuarios”, continuó explicando la Dra. Davies Bordenave. “Es decir, en el negocio del dinero electrónico intervienen – por lo menos – un banco emisor de la tarjeta, un operador del servicio de cajero automático y todas las entidades bancarias que ofrezcan el servicio de ATM en sus sucursales.” “Además, la Cámara, a pesar de reducir el monto que nosotros habíamos impuesto como reparación por Daño Directo, fija una indemnización al usuario afectado, con lo cual la aplicación del artículo 40º bis de la ley 24.240 es aceptado, tal como los sosteníamos desde la Dirección General. Son criterios innovadores que se están analizando a nivel nacional, y estamos orgullosos de ser pioneros en materias tan controvertidas.” “Se trata de la confirmación definitiva de un fallo que tuvo gran repercusión nacional y que fue materia de análisis por todas las provincias que mensualmente se reúnen en el C.O.F.E.D.E.C” (Consejo Federal del Consumo), concluyo la Directora General sin ocultar su satisfacción.
Se trata de otra efectiva intervención del organismo provincial de defensa a los consumidores; y no es la primera vez que lleva adelante resoluciones que impactan a n
FUENTE: AGENCIA PAÍS